Nuestros
profesionales conocedores de la legislación aduanera y de las especialidades
colaterales están en capacidad de comprender el estatus de mercaderías frente a
las normativas que aplican para cada caso, de examinar las verdaderas
apariencias, de recomendar el adecuado uso de los procedimientos, de utilizar
los mecanismos legales que permitan equidad en las proyecciones y soluciones,
cuando quiera que se hace necesario examinar la situación con el lente de la
legislación aduanera pertinente.
Los Tratados de Libre
Comercio de Colombia vigentes, establecen una serie de beneficios y libertades
que en la mayoría de los casos se tornan como excepciones a determinadas cargas
fiscales y procedimientos. En ocasiones los tratados imponen igualmente cargas
y procedimientos que no se encuentran dentro del marco general del derecho aduanero.
Toda mercadería que
cruza fronteras tiene un origen y un destino. Las normas de origen son tan
importantes como las destino. Al país que recibe o decepciona mercaderías le
importa la certificación del origen para su aceptación, el despachador y el
consignatario deben conseguir identidad en
el leguaje para asegurarse antes del despacho que la mercaderías serán decepcionadas
sin dificultad.
Todo lo anterior nos
muestra que el manejo internacional de mercaderías existen actores, como
despachadores, transportadores, consignatarios, los cuales están sujetos en sus
actuaciones a los régimen legales de especiales contenidos dentro de las áreas del
derecho en mención.
Agentes de aduanas, transportadores
actores no siempre independientes igualmente sujetos en su actividad tanto en
las normas locales de origen cómo el destino y normas de derecho internacional.
Ingreso de mercancías a territorio nacional | Operaciones integradas de exportación | |